domingo, abril 19 2026

Programa de prórroga de contratos de servicios especiales

En virtud de la emergencia sanitaria mundial, una de las actividades que en mayor medida ha visto mermada su actividad es la vinculada a la realización de fiestas y eventos sociales en general.

Ante esta situación, el diputado Fabián Palo Oliver ingresó en la Legislatura Provincial un proyecto de ley, surgido a partir del trabajo en conjunto con representantes del sector, que prevé la eximición del pago de tributos provinciales a los empresarios organizadores de eventos y a los titulares de salones destinados a la realización de los mismos.

En este sentido, los tributos alcanzados por la exención propuesta son:
– Ingresos brutos, de modo retroactivo a partir del anticipo del mes de abril.
– Impuesto inmobiliario urbano o rural, retroactivamente también desde la cuota 2 del período fiscal 2020.
– Impuesto de sellos provincial, a todos aquellos actos que constituyan hechos imponibles, celebrados como consecuencia de la reprogramación de eventos postergados por disposiciones nacionales y/o provinciales de distanciamiento social por el nuevo coronavirus, o por aplicación del Programa creado por la presente ley.

Es importante mencionar que sólo accederán a los beneficios previstos por este proyecto, aquellos contribuyentes que al momento de entrada en vigencia del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Decreto 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, tuvieran registradas alguna o todas las actividades descriptas precedentemente, ante la Administración Provincial de Impuestos.

Otra cuestión a destacar es que los beneficios se mantendrán hasta tanto los destinatarios de los mismos estén autorizados a retomar su actividad y, en el caso en que se hubiesen abonado ya los períodos alcanzados por la eximición, se considerarán como crédito fiscal útil para cancelar futuras obligaciones de la misma naturaleza.

Prórroga de contratos de servicios especiales

El proyecto no sólo se ocupa de alivianar la situación de quienes ven comprometida su realidad económica en virtud de las necesarias restricciones que impone la pandemia, también estructura un programa que permita la prórroga consensuada de contratos de servicios especiales.

Esos contratos son los destinados a la realización de recepciones de graduados, fiestas de fin de año, y/u otros festejos, a prestar por Salones de Fiesta, o similares, que tengan dicha actividad como la principal de su objeto comercial; se incluyen también los viajes programados para grupos de estudiantes con motivo de la finalización de alguna de sus etapas de estudio.

Este programa tiene por objeto crear un ámbito de diálogo que permita, mediante el consenso de las partes, lograr la realización de los eventos ya abonados y que debieron ser reprogramados o, en su caso, suspender los pagos previstos hasta tanto se confirme la reprogramación. Siempre, garantizando la prestación de los servicios acordados y abonados. El Estado creará un fondo de garantía de los acuerdos alcanzados y un registro de prestadores de servicios especiales, lo que permitirá conocer el universo alcanzado.

Por último, se dispone la suspensión de los procesos judiciales iniciados que tengan por objeto el reclamo del dinero pagado por contratos de servicios especiales. En ese caso, la autoridad judicial actuante habilitará la intervención de la Secretaría de Comercio Interior y Servicios, para que proceda a encauzar las negociaciones a fin de incorporar el contrato al ámbito de aplicación de este programa.

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