viernes, abril 17 2026

Corrección del decreto

El Poder Ejecutivo firmó el decreto Nro. 489 para complementar y -en algunos aspectos- corregir lo establecido en la normativa provincial mediante la cual, Santa Fe adhirió a la nueva fase en el marco de la cuarentena, que implica el distanciamiento social obligatorio pero ya no aislamiento. En tal sentido, el gobierno decidió ceñirse estrictamente a lo que se plantea en el DNU 520 del gobierno nacional y que sigue prohibiendo las celebraciones religiosas en templos con más de diez personas.

 

El primer decreto de Perotti, firmado el lunes, admitía más de esa cantidad de personas, siempre que se garantizase entre ellas una distancia de más de dos metros. Pero después de una serie de observaciones formuladas sobretodo desde la ciudad de Rosario, la provincia dio marcha atrás y volvió a poner como tope el número de diez concurrentes. En medio de las idas y venidas, la iglesia católica había llegado a comunicar que se reanudaría la celebración de misas. Ello obligó al gobernador a comunicarse con las máximas autoridades del Arzobispado para aclarar la situación.

Otros rubros

En cuanto a bingos, shoppings y casinos, el nuevo decreto de Perotti ratifica que podrán trabajar en la confección de los respectivos protocolos que, a su vez, deberán ser aprobados por los Ministerios de Trabajo y Salud. Sólo una vez que estos textos hayan sido convalidados, la provincia avanzará en la autorización de apertura, y para ello se requerirá de un nueva decisión administrativa “expresa” del Poder Ejecutivo, es decir, otro decreto. Como informara El Litoral, cada centro comercial deberá presentar su propio protocolo; de los ocho que se encuentran en la provincia, cinco ya los han redactado y están listos para su presentación.

En el caso de museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica, el Ejecutivo planteó que se hará mediante un sistema de turnos previos, y con una presencia de hasta diez personas.

No contemplados

El artículo quinto del decreto autoriza a que autoridaes municipales y comunales puedan presentar ante el Ministerio de Trabajo para su aprobación los protocolos de aquellos sectores y actividades que no se encuentran contemplados o representados por otras entidades sindicales, asociaciones civiles y empresariales. Es el caso de los peloteros, por ejemplo. Si la cartera laboral convalida esos protocolos, las actividades podrán ser posteriormente autorizadas.

Distinta es la situación de los jardines maternales, que hasta la fecha no han podido abrir sus puertas. En este sentido, el decreto plantea que dichas instituciones están comprendidas en la Ley Nacional de Educación, por lo que sólo podrán retomar la actividad cuando se decida la presencialidad de las enseñanza presencial en todos sus niveles.

 

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