lunes, abril 20 2026

Causa meteorito

La causa investiga a cuatro hombres por los presuntos delitos de Contrabando agravado y Lavado de activos. Se les imputa el contrabando de cigarrillos por sumas millonarias y están sospechados de ser parte del transporte irregular de un meteorito.

La causa por el presunto contrabando de cigarrillos y mercadería, por sumas millonarias, entre Argentina y la República Oriental del Uruguay que investiga el Juzgado Federal Nº1 de Concepción del Uruguay y cobró notoriedad pública por el trasporte de un meteorito que se habría hallado en la localidad chaqueña de Campo del Cielo, tuvo movimientos en sede judicial respecto de la situación de cuatro de los imputados.

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por Beatriz Aranguren y Mateo Busaniche, resolvió el viernes 15 de diciembre “declarar la nulidad de las declaraciones indagatorias de Luis Alberto González Sosa, Raúl Antonio Sotelo, Joel Gastón Manene y Javier Alejandro Verón…, y de todos los actos que sean su consecuencia…”.

“ENFÁTICAMENTE”

También hizo lugar “al recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal (MPF)” y revocó la resolución del 27 de septiembre de 2023 que decretó la falta de mérito de González Sosa por el delito de Lavado de activos, debiendo el juez federal dictar un nuevo pronunciamiento. La Cámara le encomendó al juez que “sin perjuicio de lo resuelto, atento el excesivo tiempo transcurrido desde las declaraciones indagatorias de los encausados (en octubre de 2020 y mayo y junio de 2022) y la resolución de sus situaciones procesales (26 de septiembre de 2023), corresponde enfáticamente encomendar al magistrado que, en lo sucesivo, dé estricta observancia de los plazos previstos por el código de rito”.

La causa llegó a consideración de la Cámara por los recursos de apelación interpuestos por la defensa de los cuatro imputados; y por el MPF, contra la resolución de fecha 27 de septiembre de 2023 que decretó el procesamiento de los nombrados por considerarlos coautores del delito de Contrabando agravado, y la falta de mérito de González Sosa respecto del delito de lavado de activos que le fuera imputado (art. 303 del CP).

La defensa pidió el sobreseimiento o, en su defecto, la falta de mérito, y se rechace el recurso de apelación del MPF e hizo reserva del caso federal. Fiscalía instó la revocación de la falta de mérito de González Sosa y su procesamiento. Asimismo, pidió el rechazo del recurso interpuesto por la defensa de los imputados, prosiguiendo, en consecuencia, con la investigación.

Los magistrados advirtieron que el juez “tampoco indicó cuáles habrían sido los aportes de González Sosa, Manene y Verón en el hecho acaecido en las actuaciones N° 4063/2023 por el que fue imputado Sotelo, y/o la vinculación entre los nombrados en el mismo, solo invocó la foja 327 que nada ilustra al respecto”. Asimismo, señalaron que “el magistrado omitió detallar con precisión la maniobra de transporte irregular de ‘meteorito’, no indicó específicamente desde qué lugar de Argentina cruzó la embarcación con dicho elemento, ni cómo llegó en poder de los imputados”.

Así, concluyó que “tales omisiones, contraría lo dispuesto por el código de rito y compromete no sólo la latitud del descargo –adecuado ejercicio del derecho de defensa– sino que impide aprehender íntegramente las conductas observadas en autos y fijar la correcta hipótesis delictiva. A la luz de lo expuesto, las deficiencias apuntadas evidencian que indudablemente ha existido una errónea comunicación de los hechos imputados, cuestión que no puede ser purgada en esta instancia, advirtiéndose una afectación al ejercicio pleno del derecho de defensa en juicio”.

METEORITO

Para la acusación, “estas personas también habrían estado implicadas en el transporte irregular de un meteorito, el 16 de marzo de 2022, alrededor de las 8.35, donde resultó interceptada una embarcación en costas uruguayas. La misma cruzó desde Argentina, siendo que el meteorito estaba contenido en una caja de madera de gran tamaño. En esa oportunidad intervinieron González Sosa, Manene y Verón, y una cuarta persona de la que se ignoran datos”. El MPF sostiene que los sospechosos “en primer término, trasbordaron la caja desde un tráiler a una embarcación al mando de otras dos personas N.N. Previo a eso González Sosa y el primer N.N. se dirigieron en un vehículo tipo moto de agua hasta la isla “La Pelada”. Esa causa tramita en la justicia uruguaya”.

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