sábado, mayo 9 2026

Juicio abreviado

Se trata del presidente del Club Atlético Avenida Ejército (CAAE). En un juicio abreviado reconoció que ordenó a tres trabajadores que realicen una conexión directa desde la línea de baja tensión hasta el club sin la conexión de medidor y autorización por parte de la Empresa de Energía de la Provincia.

El dirigente deportivo paranaense fue condenado por Hurto de energía. Se descartó el de Peculado porque al momento del hecho, ya no era director de Alumbrado Público de la Municipalidad.

Lucio Sebastián Benítez, alias Peka, de 50 años, empleado provincial, sin antecedentes penales, reconoció en un juicio abreviado que ordenó a tres trabajadores realizar una conexión clandestina de electricidad para abastecer a la institución de la que era presidente, el Club Atlético Avenida Ejército, ubicado en calle Gutiérrez, de la capital provincial. Así, aceptó cumplir la pena de un año de prisión condicional y reglas de conducta por el plazo de dos años por el delito de Hurto de energía. El juez de Garantías de Paraná, Julián Vergara, tras analizarlo, hizo lugar al acuerdo.

El juez consideró que “… resultó determinante para escoger la figura penal aplicable Hurto de energía eléctrica y no la de Peculado, la ausencia de la condición de funcionario público de Benítez ya que, como quedó acreditado en autos con la Nota Nº 1370 suscripta por Verónica Aguiar Andersen, jefa Departamento Legajos Dirección General de RR.HH de la Municipalidad de Paraná, y por Nancy Martínez, directora de la Dirección General de RR.HH de la Municipalidad de Paraná y con el Decreto Nº 64, del 16 de diciembre de 2019 que, al tiempo de los hechos investigados (18 de diciembre de 2019), no sólo Benítez no ostentaba el cargo de director de Alumbrado Público dependiente de la Subsecretaría de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de Paraná que había sido designado por decreto N° 52/19, sino que desde el 11 de diciembre de 2019 se encontraba al frente de dicha repartición el Sr. Carlos Alberto Díaz”.

Así, sostuvo que “es por ello que considero que no corresponde enmarcar los hechos en la figura penal de peculado”.

EL HECHO

El hecho que se le atribuyó a Benítez y que reconoció en el abreviado consistió en que “el 18 de diciembre de 2019, aproximadamente a las 16.30, Lucio Sebastián Benítez, presidente del Club Atlético Avenida Ejército, ordenó a AEP, MAE y GEM, que se constituyan en la sede del Club ubicado en calle Juan María Gutiérrez S/Nº entre Avenida Ejército y calle Miller de esta ciudad y conecten de manera clandestina la red eléctrica, realizando una conexión directa desde la línea de baja tensión hasta el interior del referido establecimiento, sin la conexión de medidor y autorización por parte de la Empresa de Energía de la Provincia, con su accionar sustrajo fluido eléctrico para abastecer el mencionado Club, poniendo en riesgo la seguridad de las personas, la calidad del servicio prestado y perjudicando patrimonialmente a la Empresa de Energía de Entre Ríos S.A.”.

En Tribunales de Paraná tuvo lugar la audiencia que concluyó con la condena en un juicio abreviado.

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