miércoles, mayo 6 2026

Abusos en el Ejército

El fiscal federal Ricardo Álvarez expuso ante la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná y apuntó contra el juez Hernán Viri al que calificó de “desprolijo”, y pidió la liberación del mayor Candioti.

Se llevó adelante una audiencia por videoconferencia en la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, donde la defensa del mayor del Ejército Juan Candioti apeló la denegatoria en primera instancia del juez Hernán Viri, de dejar en libertad al acusado de encubrimiento y falso testimonio en una causa que investiga supuesto acoso y abuso por parte de un suboficial a una soldado del Escuadrón de Caballería de Exploración Blindado II, en Gualeguaychú. La audiencia fue presidida por Cintia Gómez, acompañada por Mateo Busaniche y Beatriz Aranguren.

La expectativa estaba puesta en la postura que tomaría el fiscal Federal de la causa, Ricardo Álvarez, que giró en torno a tres ejes: primero aseguró que no es claro de qué delitos se imputa al mayor Candioti, tomando en cuenta además la gran cantidad de pruebas presentadas por su defensa. En esa línea tildó de “desprolijo” al juez Viri y le recordó al tribunal que “no es la primera vez que actúa de esa forma”, por lo que debería considerarse “apercibirlo” o “amonestarlo”. El fiscal aclaró, contrario a lo dicho por el juez Viri, que las eventuales condenas contra el efectivo “sí son excarcelables” y agregó que cuando se señala la generación de lesiones a la víctima, con el supuesto encubrimiento del jefe de Escuadrón, no se indica cómo pudo Candioti generar tamaña situación.

El fiscal también encontró coincidencia con la defensa de Candioti al sostener que el militar no debería estar detenido. Sin embargo, al tratarse de una fase inicial de las investigaciones, sí dejó entrever la posibilidad de que tenga detención preventiva domiciliaria. Sobre este punto, la defensa apuntó que es “incoherente” y reforzó lo expuesto en primera instancia: Viri dispuso, paralelamente, restricciones de acercamiento a Candioti respecto a testigos y potenciales víctimas, por lo que resulta redundante tenerlo tras las rejas.

La postura de la querella giró en torno, principalmente, a que Candioti “ordenó la eliminación del material de prueba” haciendo referencia al vídeo donde la víctima fue filmada por el agresor. Sin embargo, esto fue desmentido por el oficial informático del elemento militar cuando declaró ante la justicia el 9 de noviembre del 2022 y señaló que “yo borré el vídeo para que no se pueda seguir reproduciendo en la guardia” aclarando que “de por sí, todos los vídeos se borran entre 5 y 6 días después de grabarse porque se van pisando con los nuevos, pero en ese plazo de pueden seguir viendo o sacar fotos o videos con otros dispositivos”. Más allá de esa acción, que buscó resguardar la integridad de la víctima, el informático declaró que guardó copias para que estén a disposición de las autoridades judiciales. En este punto se le recriminó a Candioti llevar a la justicia un CD que no podía reproducirse, por lo que se lo acusa de destrucción de pruebas, sin embargo, otra vez el oficial especialista en informática excusó al militar: “el disco fue grabado por mí, puede ser que haya tenido una falla pero, independientemente de eso, yo tengo copia en mi computadora”, la cual fue remitida nuevamente en otro dispositivo y reproducida sin inconvenientes.

Luego de que Candioti aprovechase a responder punto por punto todos los cuestionamientos recibidos, la Cámara Federal de Apelaciones debe fallar y ordenar si da lugar a la excarcelación pedida por la defensa; si ordena prisión domiciliaria, como sugirió la fiscalía o si mantiene la detención preventiva indicada por Viri en primera instancia. Este último, por su parte, debe resolver si procesa a Candioti (con prisión preventiva o no); si dictamina falta de mérito o el sobreseimiento de Candioti, en ambos casos significaría dejarlo en libertad. Sin bien los plazos para este avance ya están agotados, son ordenatorios, por lo que el juez (como la cámara Federal) puede tomarse más tiempo para definir el próximo paso.

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