domingo, junio 14 2026

Con un proyecto de ley superador

“El trabajo legislativo es siempre en función de representar de manera muy responsable la demanda de nuestros representados, generamos leyes para los ciudadanos, no para un gobierno en particular, de ahí la necesidad de profundizar este tema para cumplir realmente con la demanda de transparencia de una sociedad que legítimamente quiere saber” expresó quien representa los intereses de Las Colonias.

 

Diferencias, que suman en positivo, por más transparencia:

 

El primer punto para destacar es que el proyecto consagra el principio de publicidad y de libre accesibilidad de los ciudadanos a las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los funcionarios y que a las mismas se pueden acceder por Internet por la paginas web de la provincia.

 

En este sentido se está de acuerdo con la legislación nacional y con la tendencia nacional e internacional en la materia en cuanto a libre acceso a la información pública. Esto es importante porque entonces la regla es la publicidad y el libre acceso.

 

Estos son los dos artículos que lo establecen en el proyecto. Como dato, es innovador consagrar el principio de máxima divulgación como orientador del espíritu de la ley. Podemos decir que es una novedad legislativa en la materia

 

Articulo 13- Las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los funcionarios/as del Estado Provincial que se encuentran obligados a su presentación son de carácter público, de libre accesibilidad y pueden ser consultadas por toda persona interesada en forma gratuita a través de Internet, de conformidad con el procedimiento que establezca la reglamentación.

 

Articulo 15 – La garantía de libre accesibilidad y el carácter público de las declaraciones juradas patrimoniales integrales se entienden y se ejercen siempre en función y respeto de los principios de publicidad y transparencia en la gestión pública como regla general, a los efectos de cumplir con el principio de máxima divulgación.

 

Entonces, como la declaración jurada es publica y de libre acceso por Internet no es necesario que ningún ciudadano tenga que pedirla.

 

En cambio, el Mensaje de PE, no llega a satisfacer la transparencia ya que se plantea que la declaración es pública, pero hay que realizar pedido para acceder a esta información. Entonces, no es directamente conocible, porque hay que pedirle al gobierno con todo lo que esto conlleva.

 

En cuanto a los funcionarios obligados, en el proyecto del legislador se detallan y se amplía el alcance de quienes son, abarcando los tres poderes, además invita a los municipios y comunas a adherir.

 

Más y mejor información:

 

Otra diferencia en positivo a favor de la iniciativa de Rubén Pirola es que, en este proyecto, el contenido de la declaración patrimonial tiene 3 aspectos: los datos del funcionario y su grupo familiar, los datos patrimoniales del funcionario y de su grupo familiar y los antecedentes laborales y actividades económicas.

 

Acá lo importante es que los datos patrimoniales a informar son los equivalentes a las presentaciones ante AFIP por ganancias y bienes personales, con lo cual se asegura una información auténtica sobre la composición patrimonial.

 

Hay que destacar que lo propuesto por el legislador va en consonancia con la legislación nacional que también adoptó este criterio y como también lo hace el proyecto de diputados que también va en esa línea.

 

La autoridad de aplicación va a ser el El Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad. Se abandona el viejo sistema de la Escribanìa Mayor de Gobierno y se buscan sistemas más agiles de información, en cuanto a los formatos (no màs el sobre cerrado y lacrado).

 

Además, los poderes Legislativo y Judicial tendrán que adoptar las medidas en sus respectivos ámbitos también y se invita a que en los municipios y comunas se lleve adelante la misma iniciativa.

 

Otro aporte que suma y mejora la idea de transparencia de quienes manejan recursos públicos tiene que ver con que en el proyecto de ley del Senador Pirola también incorpora y ofrece al debate parlamentario la disposición del Articulo 24 del presente proyecto de ley que propone la posibilidad de que los funcionarios/as públicos que ya hubieren dejado su cargo y cumplido oportunamente con el régimen de declaraciones juradas de la Ley 7089, fueren convocados o invitados a actualizarlas bajo el nuevo régimen, por única vez, como un aporte a la búsqueda de transparencia en el ejercicio de la función pública y el respeto a la investidura de una función, más allá aún del ejercicio efectivo del cargo, en procura siempre de enaltecer y defender la probidad de los funcionarios/as públicos, entendiendo que esta obligación que se sugiere es más una obligación ética y moral antes que legal, en razón de su retroactividad. A esos efectos se encomienda a la autoridad de aplicación, con las más amplias facultades, para realizar todas las acciones necesarias.

"Invito a todos a conocer en profundidad el texto completo de esta iniciativa, que pueden encontrar en este enlace https://bit.ly/3728rUQ" cierra el Senador Pirola

 

 

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