viernes, abril 24 2026

Taxis, remises y transportes escolares

El Municipio de Santa Fe los autoriza a llevar bienes no alimenticios o hacer reparto a domicilio. Se establecieron los precios máximos y cómo es la contratación.

Mirador Provincial
redaccion@miradorprovincial.com

En el marco del aislamiento social obligatorio, la Municipalidad de Santa Fe reglamentó la ordenanza que habilita a los servicios de taxi, remises y transportes escolares a movilizar bienes no alimenticios en entregas puerta a puerta o reparto a domicilio, siempre que los mismos se remitan a productos de venta en comercios habilitados.

Aquellos que quieran prestar el servicio no deberán presentar ninguna documentación extra ni hacer algún trámite en la Municipalidad. El precio de la tarifa será pactado entre el transportista que presta el servicio y quien abone el envío, que podrá ser tanto el vendedor como el comprador.

De todas maneras, el municipio estableció que el precio máximo de la tarifa será determinado según el radio aproximado de entrega, utilizándose como parámetro el valor de la bajada de bandera y las fichas del servicio de taxi. Es decir: $ 47,60 para el primero y $ 3,95 para el segundo. Se considera radio a la distancia entre el lugar de carga de los productos y el punto de despacho final de los mismos.

Los límites establecidos solo podrán superarse para las distancias que excedan los 12 mil metros y aquí sí está sujeta al acuerdo entre las partes. Vale destacar que de 0 a 3.000 metros el valor es de una bajada de bandera más 18 fichas, de 3.001 a 6.000, una bajada y 30 fichas; y de 6.001 a 12 mil metros, una bajada y 60 fichas. Esto es tanto para taxis como para remises.

Los mismos parámetros regirán para los transportes escolares, pero pudiendo alcanzar hasta un 50% más de los valores dispuestos. Las formas de contratación son las mismas que se usan en la actualidad para el traslado de personas, desde llamar a algunas de las empresas para que envíen un móvil, hasta parar un taxi o remís en la calle.

Es necesario destacar que esta modificación y ampliación del servicio de estos transportes fueron sancionadas dentro de la ordenanza N° 12.708 aprobada por el Concejo Municipal el pasado 23 de abril. Ahora, el Ejecutivo reglamentó la norma y ya está en marcha. Esta medida estará vigente mientras dure la pandemia o así lo establezca el intendente.

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