viernes, mayo 1 2026

Más días antes de decretar la quiebra

Hasta el 17 de octubre inclusive, quedó abierto el período de inscripción para quienes se postulen a gestionar un nuevo acuerdo con los acreedores. Audiencia en la Cámara de Reconquista.

Cinco días después de haber abierto el registro para interesados en proponer un acuerdo con los acreedores de Vicentin, y sin que existan propuestas al respecto, el juez del Concurso prorrogó hasta el 17 de octubre el plazo para que los interesados se inscriban en "cramdown".

Fabián Lorenzini se había obligado a decretar la quiebra el 2 de octubre próximo de acuerdo a los plazos originales, si no se presentan interesados. El titular del Juzgado Civil y Comercial, 2° Nominación de Reconquista, flexibilizó además las condiciones de acceso a los eventuales oferentes.

 

Por un lado los excusó de depositar los 100 mil dólares si en su lugar ofrecen un seguro de caución. Además los dispensó de presentar el plan de negocios y managment.

Además anunció que se desarrollará una base de datos de acceso libre para quienes manifiesten ante el juzgado su interés de participar del período de concurrencia.

Por último Lorenzini ordenó a los síndicos de Vicentin que publiquen avisos -además de los edictos- en 5 periódicos de circulación nacional y en al menos 1 periódico financiero internacional y mediante la agencia financiera Bloomberg, del llamado al denominado "cramdown".

Por otra parte, la Cámara de Apelaciones en lo Civil Comercial y Laboral de Reconquista convocó para el 28 a la mañana a una audiencia, a los efectos de evaluar el pedido de Vicentin para que se le conceda la apelación "con efecto suspensivo" del fallo por el cual Lorenzini rechazó el acuerdo original de la empresa con los acreedores.

Como se recordará, el juez de primera instancia no homologó el acuerdo de pago y luego concedió la apelación pero con efecto "devolutivo", es decir sin suspender los plazos ahora extendidos en el denominado "cramdown".

Cabe recordar que "si transcurrido el plazo previsto (ahora la última instancia es el 17 de octubre) no hubiera ningún inscripto, el juez declarará la quiebra". Así lo ordena el inciso 2 del artículo 48 de la ley 24.522.

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