sábado, abril 25 2026

Por una licitación municipal

La sentencia se conoció en las últimas horas y también determina la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Es acusado de “negociaciones incompatibles con la función pública”, al haberse presentado una empresa familiar en una licitación municipal.

El intendente de Rufino, Abel Natalio Lattanzi fue condenado a 2 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos al haber sido encontrado culpable en una causa donde era investigado por “negociaciones incompatibles con la función pública”. Al mismo tiempo, su mujer, Marisol Raspo, tuvo una sentencia de 1 año y tres meses de prisión.

La noticia se conoció en las últimas horas, tras el fallo del juez Aldo Baravalle y ahora el primer mandatario tendrá la posibilidad de dar inicio a la vía recursiva correspondiente en la Cámara de Apelaciones de Venado Tuerto.

Historia del hecho
Semanas antes de asumir como intendente el 10 de diciembre de 2015, Lattanzi cede a su mujer las acciones de la empresa de transporte La Rubia S.A. En los primeros meses de 2016 la municipalidad lanzó un llamado a licitación por un monto de 4.000.000 de pesos (200.000 dólares en ese entonces) para el traslado de piedra dolomítica, la cual se utilizaría en distintas arterias de la localidad. En ese contexto La Rubia S.A. accedió a los pliegos y se presentó formalmente.

Desde el poder legislativo la totalidad de los concejales aprobaron una resolución solicitando a la justicia que investigue dicho accionar.

La tarea en un principio estuvo a cargo del fiscal Mauricio Clavero. Posteriormente en el año 2019 se realizó la requisitoria de elevación a juicio, el cual dio inicio el 12 de junio de 2023, con Mauro Menéndez representando al Ministerio Público de la Acusación.

Finalmente, en la jornada del lunes se conoció la sentencia de 2 años de prisión e inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos, al considerar que Lattanzi tiene vinculación con la empresa familiar y además iba a ser la persona encargada de decidir el ganador de la licitación.

Mientras que su mujer fue condenada en calidad de “partícipe primario” a 1 año y tres meses de prisión e inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos.

Ley orgánica
La Ley orgánica de Municipios y Comunas 2.756 de la Provincia de Santa Fe detalla que no pueden ser electos intendentes o concejales “los representantes, accionistas o empleados de empresas que exploten concesiones municipales, provinciales o nacionales dentro del radio del municipio o que tengan contratos pendientes con la Municipalidad o que en cualquier forma tengan relaciones de negocio con la misma, salvo la excepción prevista para los empleados municipales en el último párrafo del art. 59”. Tampoco “los que estuvieren interesados directa o indirectamente en cualquier contrato oneroso con la Municipalidad, aún como fiadores, o negociaren con la misma”.

El artículo 59 de la normativa precisa que “el intendente o el concejal que tenga participación en las empresas, los contratos o los actos administrativos a que se refiere el art. 25 en sus incisos 3, 4 y 6, cesará de hecho en sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades que determine el Código Penal”.

Lo mismo regirá para “los empleados municipales que se encuentren en tales casos, sin que por ello la Municipalidad deje de aplicar la facultad que le corresponde para anular el acto o contrato si así lo juzga conveniente. Sólo se exceptúan, para estos últimos, las operaciones de compraventa de lotes o unidades de vivienda con fines sociales”.

Natalio apela
El intendente dejó en claro que se presentará en la Cámara de Apelaciones de Venado Tuerto, donde confía que revertirá el fallo y se definirá su inocencia.

En una publicación realizada en la red social Facebook en la noche del lunes, el primer mandatario informó a la comunidad que “fui notificado de la condena decidida por el juez Aldo Baravalle a 2 años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación para ocupar cargos públicos, por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, por el llamado a licitación para adquirir piedra dolomítica en 2016”.

Y sigue diciendo que “en el mismo fallo se me absolvió de los restantes delitos por los que fuera acusado (fraude a la administración pública en grado de tentativa, incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión maliciosa de presentar declaraciones juradas como Intendente, y omisión de los deberes de oficio)”.

El primer mandatario sostiene que “convencido de mi inocencia absoluta, esta decisión será apelada por mi defensa en los próximos días (una vez conocidos los fundamentos del juez) ante la Cámara Penal de Venado Tuerto. Soy inocente, solamente una sentencia firme puede cambiar esa condición, sentencia que, estoy convencido, oportunamente ratificará que no he cometido delito alguno”.

En este marco agregó que “la verdad siempre triunfa y nada va a impedir que siga siendo intendente de Rufino. A los vecinos de mi ciudad quiero decirles que confío en la actuación de la justicia y que continuaré, como todos los días y con las mismas fuerzas de antes, desempeñando la función de intendente con la que ustedes me han honrado en tres oportunidades”.

Por último, dijo que “seguiré retribuyendo la confianza que han depositado en mí con dedicación y trabajo como siempre lo he hecho. No descansaré hasta probar definitivamente mi inocencia en las instancias judiciales que sean necesarias”.

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