sábado, junio 13 2026

Ante el amparo de ambientalistas

La norma, que modificó el límite periurbano en el que se permite la fumigación con agroquímicos fue aprobada por el Concejo municipal sobre el final de 2021, pero proteccionistas hicieron una presentación judicial invocando violación del principio de no regresión contemplado en la Constitución y legislación nacional. Actualmente, su aplicación está suspendida.

El encuentro se realizará en la mañana del martes 28 de febrero y fueron convocados: la Municipalidad, concejales, funcionarios del Ministerio de Ambiente de la provincia, el SENASA, el INTA, la fiscal extrapenal, la asesora de menores, un representante de las organizaciones ambientalistas y vecinos demandantes. Si bien toda persona interesada podrá estar presente, la cantidad será limitada y quienes no consigan un lugar podrán seguir la audiencia por plataforma Zoom, con inscripción previa en:civil2rafa@justiciasantafe.gov.ar.

En ese marco, el juez que interviene en el juicio por este límite agronómico, Matías Colon, a cargo del Juzgado Civil de la 2º Nominación, formulará preguntas a los principales actores involucrados en el caso, como paso previo a fallar en el asunto.

Por el Municipio concurrirá el intendente Luis Castellano y la secretaria de Ambiente y Movilidad del Municipio, María Paz Caruso; mientras que en representación del Cuerpo legislativo lo harán los tres concejales que presentaron proyectos sobre fitosanitarios y llegaron a la sesión que trató y aprobó la Ordenanza cuestionada: Leonardo Viotti (UCR-JxC, cuya iniciativa fue la finalmente sancionada, y Brenda Vimo (PJ) y Lisandro Mársico (PDP), cuyos propuestas fueron desestimadas.

La Ordenanza en cuestión

En el juicio, y tal como lo solicitaron en la medida cautelar presentada en la Justicia, las organizaciones ambientalistas y vecinos pedirán que se anule el artículo 4º de la Ordenanza Nº 5331 que redujo de 200 a 50 metros la distancia desde el perímetro urbano a partir de la cual se permite aplicar plaguicidas en los campos. A raíz de la demanda, ese artículo se encuentra suspendido.

Asimismo, la norma dispuso que entre el metro 50 y el 200 se puedan aplicar “productos de origen orgánico y/o biológicos”, pero invocando estudios científicos e informes técnicos, los proteccionistas denunciaron que no está demostrado que esos productos sean absolutamente inocuos sino que, en algunos casos, pueden suponer riesgos para la salud y el ambiente.

Amparados en la la Ley Provincial 10.000, que permite a la ciudadanía recurrir a la Justicia ante decisiones de las autoridades que afecten derechos colectivos, en agosto pasado, las organizaciones y vecinos denunciaron que el artículo 4º es regresivo porque implica un retroceso en la protección de la salud y el ambiente.

Además, afirman que si la verdadera intención del Concejo Municipal hubiera sido proteger a la población y promover la agroecología, lo que correspondía era ampliar y no reducir el límite a las fumigaciones.

La Fiscalía Extrapenal, que participará en la audiencia, consideró justo el pedido de las organizaciones y vecinos.

Posición de la Rural

Por su parte, la gremial ruralista rafaelina, cuya postura es plenamente favorable en todos sus términos a la Ordenanza 5331, expresó, con relación al debate que tendrá lugar en los Tribunales de Rafaela, que “creen “necesario fortalecer el análisis de la situación con información veraz, comprobada y de calidad que llegue a todos los ciudadanos de buena fe”.

A su vez, recuerdan que "el cuidado de los cultivos para que puedan convertirse en productos saludables es uno de los aspectos que más ha evolucionado y que ha incorporado significativamente todo el ecosistema agropecuario".

En este escenario, la institución subraya que "en el ámbito local, están establecidas todas las medidas de control exigidas y se respetan los estándares de fiscalización de los organismos oficiales para la aplicación de fitosanitarios".

"Particularmente en la zona periurbana de Rafaela para la protección de los cultivos se trabaja con presentación de recetas agronómicas avaladas por un profesional matriculado y la presentación previa de ésta en el ámbito municipal que aprueba y también fiscaliza las aplicaciones. Los productos utilizados son los estrictamente aprobados por el SENASA, organismo oficial que lo regula", asegura la entidad centenaria.

Asimismo, recuerdan a la población que “en Rafaela no existen a la fecha denuncias oficiales de casos de toxicidad comprobada ni en humanos ni en animales, un dato no menor que apunta a brindar claridad y tranquilidad", y en este sentido exhorta "a todos quienes aportan datos a no sumar confusión cuando se publican estudios o estadísticas antiguas o provenientes de otras zonas para no alarmar innecesariamente a los ciudadanos".

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