lunes, mayo 4 2026

Audiencia

 

Alan Vidaña

Este miércoles se realizó la audiencia imputativa en los Tribunales Provinciales de Cañada de Gómez -departamento Iriondo-, contra dos personas sindicadas como responsables de haber matado y enterrado a dos pequeñas gemelas en el patio trasero de una vivienda. Los mismos fueron imputados por el delito de homicidio agravado por ser un descendiente como coautores -dos hechos-. En tanto, el juez de primera instancia Álvaro Campos tuvo por formalizada la audiencia imputativa y dictó la prisión preventiva por el plazo de 45 días.

La fiscalía les imputó el hecho ocurrido entre sábado 29 y las primeras horas del domingo 30 de octubre de 2022, por haber realizado la expulsión de dos neonatas con vida de aproximadamente 30 semanas de gestación, ingiriendo pastillas con el fin de realizar un aborto en el baño de su casa de Calle Bolívar al 900 de la ciudad de Cañada de Gómez, con la colaboración necesaria de un hombre mayor de edad, para luego enterrarlas en el patio del domicilio del mismo, cercano a la vivienda de la gestante. "Tenemos todas las evidencias que ratifican la probable autoría de homicidio agravado. Por tal motivo, se dictaminó la prisión preventiva para los acusados hasta el 16 de diciembre", indicó Gabriela Lescano, fiscal de la causa, en diálogo con El Litoral.

En medio del macabro accionar, la gestante envió un audio de WhatsApp a otra persona que decía: "Te llamé porque me sentía mal. Era para contarte que me había sacado a los bebés, eran dos gemelas". Para luego trasladarse el día domingo al domicilio de la destinataria y decirle: "Me tomé una pastilla y eso me hizo largarlas, primero largué a una que gritaba, era jetona, y después la otra". Y continuó: "Estaban sanitas, pero murieron las dos".

La Defensa Pública sostiene que es "insólita" la pretensión punitiva

"En el día de hoy, la Defensa Pública participó de una audiencia imputativa en la localidad de Cañada de Gómez, asistiendo a D.T., joven acusada de haber abortado dos fetos; y a M.G., (vecino) acusado de prestar colaboración. Con mucho por delante por determinarse, los hechos que para la Defensa podían tratarse de una interrupción voluntaria del embarazo en un contexto de extrema vulnerabilidad económica y social; fueron imputados a ambos por la fiscal, Dra. Gabriela Lescano -de manera apresurada e insólita- como doble homicidio calificado en calidad de coautores", asegura en un comunicado el Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

"Por su parte, el magistrado, Dr. Álvaro Campos hizo lugar a la prisión preventiva, pese a haber hecho algunas observaciones sobre la calificación legal y sin tener en cuenta los graves problemas de salud que la acusada y el acusado tienen respectivamente. D.T padece una seria situación de consumos problemáticos y se encuentra en estado puerperal, mientras que M.G sufre de una miocardiopatía hipertrófica. Ambos se encuentran en sede policial", añade el parte.

"En la audiencia, la Defensora Pública, Dra. Florencia Chaumet, abogó profundamente por D.T y M.G., haciendo notar las irregularidades en el marco de la investigación y la falta de pruebas suficientes que puedan determinar roles y responsabilidades. Asimismo, resaltó la vulneración al derecho de defensa y al debido proceso; y planteó la nulidad de lo actuado dado que D.T. habría confesado -en el hospital- a quien la custodiaba sin la asistencia jurídica correspondiente. Vale remarcar que este tipo de confesiones se encuentran prohibidas por ley, afectándose garantías constitucionales por darse sin la presencia de un/a abogado/a defensor/a.

"Asimismo, preocupa a este Servicio Público Provincial de Defensa Penal -SPPDP- el irracional modelo punitivista implementado por distintas agencias (actores) estatales que tiende a criminalizar y revictimizar -en casos como el presente- a las mujeres más vulnerables económica y socialmente, quienes por falta de acceso a la salud pública realizan prácticas inseguras y clandestinas. Cabe destacar por su ausencia, la falta de contención y acciones sociales que impliquen una alternativa a las meramente punitivas", concluye el organismo.


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