sábado, octubre 17 2026

Justicia Federal

Se trató de una sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de un ciudadano contra la Anses. Aprobó la liquidación practicada por aquel por la ejecución 930.104,81 pesos –calculados a junio de 2019–, en concepto de retención de impuesto a las ganancias sobre retroactivo por reajuste.

MIRADOR ENTRE RÍOS
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La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto y fundado por la Anses contra la resolución de primera instancia del Juzgado Federal N° 2 de Paraná, y en consecuencia revocó “lo resuelto al respecto por parte del juez de primera instancia”.

Se trató del fallo emitido en el expediente contra la Anses sobre ejecución de sentencia, en el que se “aprobó la liquidación practicada por la parte actora”, que “mandó a llevar adelante la ejecución por la suma de 930.104,81 pesos –calculados al mes de junio de 2019–“, y además “sostuvo la improcedencia de que Anses efectúe retención en concepto de impuesto a las ganancias sobre el retroactivo por reajuste, impuso las costas a la ejecutada y reguló honorarios a los profesionales actuantes”.

El recurso se concedió el 26 de octubre de 2021, la parte actora contestó agravios el 27 del mismo mes y el expediente quedó en estado de resolver el 1° de abril de 2022.

La Cámara sostuvo que “se observa que la inaplicabilidad de retenciones en concepto de impuestos a las ganancias ha sido introducida de oficio por el juez de grado y excede el marco en que ha quedado trabada la Litis, ya que no fue debatida al tratar el planteo de fondo vinculado al reajuste de los haberes, ni requerida por el actor en esta etapa de ejecución de sentencia”.

Así, señaló que “está vedado a los jueces dictar una resolución apartándose de los términos en que quedó trabada la relación procesal y decidir en forma distinta a lo peticionado por las partes. El juego armónico de los principios dispositivos y de congruencia hace que el juez deba respetar el escenario litigioso propuesto a través de sus pretensiones y defensas, limitándose a fallar exclusivamente sobre los puntos sometidos a su decisión”.

En consecuencia, dispuso que “lo resuelto al respecto por parte del juez de primera instancia, debe ser revocado”.

En el recurso de apelación, la Anses sostuvo, contra lo dispuesto por el juez de primera instancia, que éste “haya dispuesto la improcedencia de que se efectúe retención en concepto de impuesto a las ganancias sobre el retroactivo por reajuste”. Asimismo, cuestionó “la imposición de costas y reclama su distribución en el orden causado…”. La parte actora solicitó que “se declare desierto el recurso de la parte demandada por carecer de crítica concreta y razonada. En subsidio, contesta agravios y requiere que se rechace el recurso, con costas”.

Respecto de la imposición de las costas, la Cámara señaló que en el expediente “el actor no pretendió la impugnación de acto administrativo alguno, sino la ejecución de una sentencia firme, por lo que la norma en cuestión no resulta aplicable y rigen los criterios normativos del código ritual (que) dispone la imposición a la vencida. Por todo ello, la imposición de costas a la vencida efectuada por el juez de primera instancia resulta ajustada a derecho y debe ser confirmada, rechazándose el recurso de apelación interpuesto por la demandada”.

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