sábado, junio 20 2026

Para la aplicación de un impuesto interno

Se trata de un tributo “adicional y de emergencia”. Desde la Cámara que agrupa a las empresas, sostienen que su valor supera el de los cigarrillos de bajo costo y vuelve inviable su producción. Y lo atribuyen al “lobby” de los grupos monopólicos para eliminar a la competencia.

 

La Cámara Nacional Argentina de Empresas Tabacaleras (CANET), que nuclea a pequeñas y medianas empresas dedicadas a la manufactura del tabaco en distintos puntos del país, ha logrado revertir una Resolución General de la AFIP (5113/2021) que impuso un aplicativo virtual para que la liquidación del impuesto interno que grava a dichos productos se realice de modo tal que se impida la comercialización de cigarrillos de bajo precio.

 

La presentación efectuada en la ciudad de Santa Fe con el patrocinio legal del tributarista Dr. Juan Manuel de Iparraguirre logró que la Justicia Federal de Primera Instancia hiciera lugar a la medida, ya que la disposición del ente recaudador “implica un avasallamiento de expresas garantías constitucionales como el derecho a trabajar, ejercer toda industria lícita y la garantía de igualdad, entre otras”, y pone en peligro más de 3000 puestos de trabajo, de los cuales 1000 (entre empleados directos e indirectos) pertenecen a la provincia de Santa Fe.

 

La resolución de la Justicia Federal suspende el aplicativo virtual, pero no ingresa en consideraciones respecto al modo de calcular el monto del impuesto interno, que forma parte de una discusión más amplia y que no fue objeto de la petición de CANET. Sucede, a entender de los directivos de las firmas consultadas que forman la cámara, que los dos grupos extranjeros monopólicos que concentran el 92% del mercado nacional de cigarrillos (Philips Morris International con sede en New York y British American Tobacco con sede en Londres) “presionan para asfixiar a las pequeñas empresas nacionales, mediante la imposición de un impuesto interno fijo que les impide vender un cigarrillo de calidad pero de bajo costo, con el fin de exterminar la competencia” .

 

Según Omar Negri, presidente de la entidad, “se pretende de modo engañoso hacer creer que las pequeñas empresas productoras de tabaco y cigarrillos no quieren tributar y eso es mentira, ya que en el último mes lo han hecho por más de 500 millones de pesos en impuestos internos; de los cuales 400 corresponden a las dos empresas asentadas en Santa Fe”.

 

“Nosotros queremos tributar el 75% del precio de producto en la calle en concepto de impuesto interno, pero no que una empresa extranjera nos imponga el monto de acuerdo a sus necesidades comerciales”, añadió. Negri

 

Si bien la discusión en torno al modo de cuantificar el impuesto interno no forma parte de esta instancia (la deberá zanjar la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario), pone en estado de alerta y movilización a centenares de empleados, y desde la CANET entienden que forma parte de una misma avanzada comercial, que tiene varios frentes jurídicos, políticos y mediáticos.

 

Según el abogado patrocinante De Iparraguirre (docente de la Universidad Nacional de Rosario), “el mínimo fijado por la Ley 24674 en concepto de impuesto interno y adicional de emergencia a los cigarrillos (conocida como Ley Massalin por el supuesto lobby ejercido por dicha empresa para su sanción), es superior al precio de venta al público de los cigarrillos de precio más bajo, lo que lo convierte en confiscatorio para las empresas que operan en el primer cuartil”.

 

El letrado agrega que “previo a la vigencia de la resolución que hoy suspendió la Justicia federal, estas pequeñas empresas liquidaban el tributo ingresando el 70% del precio de venta al público de los cigarrillos de su producción, al igual que las empresas de los otros tres cuartiles. Pero con la obligatoriedad del aplicativo, se ven coaccionadas a declarar el impuesto mínimo, que no solo excede ese 70% que ingresan las otras empresas (violando, en lo aquí concierne, la garantía de igualdad), sino que supera el precio de venta de su producto”.

 

Efectos

El aplicativo previsto por esta resolución, no cuenta con un dispositivo que compare el impuesto a pagar con el precio de venta al público y, en consecuencia, una empresa obligada a pagar un impuesto que supera a los ingresos por ventas de sus productos, es absolutamente inviable.

 

Si el aplicativo que hoy suspendió el Juez Federal Nº2 de la ciudad de Santa Fe, en una medida cautelar dictada en el curso de la feria judicial de enero por la urgencia existente, volviese a tornarse operativo, implicaría sin más el inminente cierre de todas las empresas, indican. Esto en razón de que el mecanismo virtual no validaría el ingreso de impuesto interno abonado, e implicaría que para el ente recaudador el impuesto figure como “no pagado”, y no se entregarían los instrumentos fiscales de control (estampillas) que van adosados a los atados de cigarrillos. “Si la AFIP no entrega los IFC no se puede producir y eso implica automáticamente la paralización de la fábrica y la quiebra”, señalan.

 

En las próximas horas se estaría elevando una petición al gobernador Omar Perotti y al secretario de comercio interior para que intercedan ante las autoridades nacionales, en una situación que podría terminar en despidos masivos y en el cierre de dos empresas que son importantes contribuyentes en el territorio santafesino.

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