miércoles, abril 22 2026

Organismo descentralizado

Tendrá la “la misión de velar por la calidad y adecuada prestación de los servicios, la debida protección de los usuarios, el resguardo de los bienes de dominio público y privado del Estado Nacional, y el cumplimiento de las leyes, reglamentos y marcos contractuales y regulatorios”.

A través del Decreto 556/2021, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional creó el Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable, que tendrá la “la misión de velar por la calidad y adecuada prestación de los servicios, la debida protección de los usuarios y las usuarias, el resguardo de los bienes de dominio público y privado del Estado Nacional, y el cumplimiento de las leyes, reglamentos y marcos contractuales y regulatorios”. Y contribuirá “al desarrollo de trabajos de modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y balizamiento, de dragado y redragado, control hidrológico y/o de actividades complementarias a aquellos, sobre la vía navegable troncal comprendida entre el kilómetro 1238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales, en el Río de la Plata exterior, y de aquellos sectores que el Poder Ejecutivo Nacional le asigne en el futuro”.

 

Por otra parte, en el decreto, se definió al ente como “un organismo descentralizado con autarquía administrativa, funcional y económico-financiera, en el ámbito jurisdiccional del Ministerio de Transporte”.  Y se explicó que tiene “personería jurídica propia y capacidad para actuar en el ámbito del derecho público y privado”.

 

Por otra parte, en el Boletín Oficial se expresó que el Consejo Directivo que conducirá al Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable estará integrado por 15 miembros: un presidente, tres vicepresidentes y 11 vocales. El presidente -que ejercerá la representación legal y la administración del organismo- será elegido por Fernández, mientras que el resto surgirá a partir de propuestas hechas por los ministerios de Transporte (el vicepresidente 1° y dos vocales), del Interior (el vicepresidente 2° y un vocal) y de Desarrollo Productivo (el vicepresidente 1° y un vocal), y sugerencias de cada una de las provincias signatarias del Acuerdo Federal Hidrovía (los siete vocales restantes).

 

“La elevación de propuestas de designación de las y los miembros del Consejo Directivo al Poder Ejecutivo Nacional deberá incluir alternativas al efecto de que la composición de aquel pueda ajustarse a la paridad de género”, aclaran. Por otro lado, según se dispuso, este organismo tendrá una Comisión Asesora, cuyos miembros tendrán carácter “ad honorem”.

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