jueves, julio 2 2026

Las mujeres dan la discusión en Diputados

Mahmud, De Ponti y Cattalini consideran que es necesaria para que el sistema judicial tenga perspectiva de género. En primera instancia se aplicará en los representantes de Legislatura y de colegios de abogados.  

Una reforma al vigente sistema del Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados, para buscar un equilibrio de género en el cuerpo que debe juzgar el comportamiento de jueces, fue ingresada por las diputadas Gisel Mahmud (PS), Lucila De Ponti (PJ) y Lionella Cattalini (PS) como derivación del 'caso (Rodolfo) Mingarini'. El magistrado local está siendo investigado a partir de una denuncia de legisladoras por un caso que dejó libre a un hombre imputado por abuso sexual, porque usó un profiláctico. 

 

El objetivo de la reforma es garantizar que al menos uno de los representantes del Poder Legislativo y otro de los Colegios de Abogados sea mujer. El proyecto establece el mecanismo de cómo deberán elegirse. Hoy el Senado tiene como representante a Armando Traferri (PJ – San Lorenzo) y Diputados a Maximiliano Pullaro (UCR). Los abogados son sorteados en cada caso.

 

El Tribunal hoy se conforma con los integrantes de la Corte Suprema de Justicia, dos legisladores y dos abogados. "Proponemos que la representación de Legislatura y de Colegios en el Tribunal pueda ser de paridad algo que no plantea ni la ley ni la Constitución. La Corte deberá ir hacia la paridad según la ley sancionada el año pasado", explicó Mahmud a El Litoral.

 

El proyecto ingresado a Diputados además de las autoras es respaldado con la firma de las socialistas Rosana Bellatti, Lorena Ulieldin, Clara García, Erica Hynes, María Laura Corgniali, Claudia Balagué, Esteban Lenci y José Garibay más Dámaris Pachiotti (Ciudad Futura)

 

Además en el proyecto agregan la necesidad de que la investigación que realiza el Procurador de la Corte sea pública y que ante la denuncia, el magistrado no pueda renunciar hasta tanto no se termine el proceso.

 

La Ley  7050 de Enjuiciamiento de jueces fue sancionada en 1973, tuvo dos reformas parciales y establece el procedimiento para destituir magistrados siguiendo lo establecido por la Constitución en su artículo 91. En Santa Fe, los ministros de la Corte Suprema de Justicia están sujetos al juicio político en la Legislatura mientras que los demás jueces nombrados con acuerdo legislativo son enjuiciables por este Tribunal especial.

 

 En los fundamentos, las autoras reconocen que "la Ley 7050 fue siempre trascendente para la superintendencia del Poder Judicial sobre sus magistrados. Las faltas más graves traen aparejada la necesidad de avanzar con la más severa de las sanciones: la destitución del juez/a. Ese proceso destituyente debe darse en el marco de un debido proceso y con reglas claras como se regula en la presente ley. En los últimos años, la transformación que se viene dando en nuestra sociedad en pos de alcanzar la igualdad real entre mujeres y hombres ha puesto de manifiesto la necesidad de avanzar con una justicia con perspectiva de género".

 

Destacan la necesidad de generar cambios en el Poder Judicial que permitan alcanzar ese objetivo. Entre ellos, señalan la capacitación de jueces/zas, funcionarios/as y empleados/as, la evaluación previa de estos contenidos a los/as aspirantes a ocupar esos cargos, la representación igualitaria de hombres y mujeres en distintos órganos. "De esta manera, el tribunal que lleva adelante el enjuiciamiento de los magistrados se vuelve fundamental en esta transformación. La existencia de casos emblemáticos nos demuestran  el claro desconocimiento de algunos jueces de toda la normativa que tutela a las mujeres configurándose así la posibilidad de sanciones y en caso de observarse un patrón de conducta en ese sentido incluso la posibilidad de remoción del mismo. Entendemos necesario que este tribunal sea paritario. La representación de la mujer en igual proporción que el hombre garantiza que el juzgamiento por estos hechos se haga con una mirada diferente, particularmente necesaria ante denuncias de estas características".

 

Santa Fe sancionó el año pasado la ley de paridad para los tres poderes, partidos políticos, entes públicos o con participación estatal y asociaciones, consejos y colegios profesionales. "Es menester un proceso de adecuación de la legislación vigente para poder ser actualizada a los nuevos paradigmas", acotan.

 

 

Agenda

Un mensaje del Poder Ejecutivo con diferimientos impositivos para sectores productivos afectados por la pandemia, exenciones para otros y una prórroga para la vigente moratoria aparece como centro de la agenda legislativa de este jueves. El Senado tiene con preferencia el asunto y en Diputados esperarían la decisión para darle la sanción definitiva. De todas maneras, en Diputados tiene dictamen un proyecto con similar objetivo que surgió del radical Fabián Bastia y la socialista Lorena Ulieldin.

Diputados, en tanto, tiene 60 proyectos con preferencia y entre ellas votaría por enésima vez un proyecto para garantizar el libre acceso a la información en la provincia de Santa Fe.

 

Buscarán discutir la reforma a la ley de agroquímicos

La comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados decidió trabajar con el Senado y con el Poder Ejecutivo para lograr un entendimientos para reforma la vigente ley de agroquímicos, sancionada en 1995.

La decisión de armar una mesa de trabajo fue definida ayer en la reunión de la comisión que encabeza la socialista Erica Hynes donde los integrantes acordaron convocar a sus pares del Senado y pedir audiencias a los ministros de Salud, Medio Ambiente y Producción con el objetivo de lograr avances concretos en la nueva normativa. 

Es un nuevo intento por modificar la Ley 11273 que tuvo tres medias sanciones en Diputados, en los años 2010, 2015 y 2019 que nunca prosperaron en el Senado. La decisión de la Comisión de Medio Ambiente llega en el marco de un creciente debate sobre el tema, renovado por la pandemia, la demanda de alimentos seguros y suficientes, y el cambio climático.  

La ley vigente es de 1995 y en su articulado establece el radio de aplicación de los agroquímicos según su clase toxicológica y cercanía a los espacios urbanos. También destaca el rol de los municipios y comunas respecto de la aplicación de los plaguicidas y las excepciones, pues fija el piso que se debería implementar a nivel territorial. En estos años, muchos municipios y comunas fueron estableciendo los límites urbanos, en especial, las distancias en las que está prohibida la aplicación de los agroquímicos.

Las fallas en los controles y la disparidad en las normativas locales provocaron la judicialización creciente del tema. En 2009 el fallo "San Jorge" dejó firme la sentencia que prohíbe las fumigaciones con glifosato en cercanías de zonas urbanas de la ciudad, a una distancia no menor a 800 metros para fumigaciones terrestres y de 1.500 para fumigaciones aéreas, a contar dichas medidas desde el límite de la zona urbana.

En febrero de 2020, a raíz de un amparo colectivo, se fijó un perímetro de exclusión de 800 metros para fumigaciones terrestres en la ciudad de Sastre y Ortiz.

En dicho lapso creció el número de gobiernos locales que emitieron ordenanzas al respecto.

Hoy existen proyectos de cambios en ambas cámaras de la Legislatura y la decisión de la Comisión de Medio Ambiente es lograr espacios de diálogo y trabajo conjunto para encontrar puntos de acuerdo que permitan mejorar la normativa existente. 

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