jueves, junio 25 2026

Un blanqueo por ‘tiempo limitado’

Una ley de reciente sanción permite regularizar divisas -o pesos- a bajo costo, si el destino es la construcción o la compra de inmuebles en obra. Además genera crédito fiscal para Bienes Personales y difiere el pago del Impuesto a la Transferencia. 

 

El 12 de marzo el gobierno nacional promulgó la ley 27.613. Contando 60 días corridos a partir de esa fecha, quienes tengan dólares (o pesos) “en el colchón” y sin declarar, tendrán la chance de pagar un impuesto del 5 % como parte de un blanqueo destinado a la construcción o ampliación de inmuebles, o la compra de obras que no superen 50% de ejecución. 

 

Entre 60 y 90 días desde la vigencia de la norma, la alícuota del impuesto especial del blanqueo trepará hasta el 10 %. Y desde los tres meses hasta los cuatro cumplidos, la escala alcanzará el 20%.

 

El texto dispone la exención Bienes Personales sobre el valor de las inversiones, en proyectos realizados hasta el 31/12/2022. Y genera un crédito fiscal por hasta el 1 % de la inversión, que podrá ser aplicado a Bienes Personales en los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022 según distintos casos.

 

En tiempos en que la inflación se acelera y el dólar se retrasa, el nuevo escenario legal -al que le falta el decreto reglamentario- abre una alternativa para quienes deseen preservar valor y registrar sus tenencias. Con un beneficio más: el impuesto del blanqueo se calculará a dólar oficial mientras que el inversor o comprador podrá vender sus divisas en el MEP, que hoy tiene mejor cotización que el blue.

 

El Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda  exime de Bienes Personales, posibilita además el diferimiento del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) para diversos modelos de acuerdos de construcción que demandan registrar la operación antes de que la obra se termine.

 

Fue la Cámara Argentina de la Construcción la entidad que impulsó la nueva ley en el Congreso, en acuerdo con la UOCRA y la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos. La idea es incentivar a quienes tienen -por ejemplo- entre 40 y 100 mil dólares no declarados, para que los blanqueen sin pagar Iva o Ganancias, ni enfrentar 

 

El artículo 11 de la norma explicita que quienes ingresen a la exteriorización “no estarán obligados a informar a la AFIP (…) la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con las que fueran adquiridas”. Quedarán liberados de “toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder”.
 

Construir o comprar

 

La norma desafía a los tenedores de dólares y pesos, declarados o no, para que definan en poco tiempo encarar una construcción, lo que no resulta sencillo para los no iniciados. Pero al mismo tiempo la nueva ley permite el blanqueo con destino a la adquisición de desarrollos inmobiliarios en proyecto o que tengan un nivel de avance menor al 50% a la fecha de entrada en vigencia de la ley. 

Quiénes pueden blanquear

Están alcanzadas las personas humanas, sucesiones indivisas y los sujetos establecidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

¿Y los que cumplen?

Los beneficios fiscales establecidos para Bienes Personales e Impuesto a las transferencias de Inmuebles, aplican a quienes inviertan fondos declarados.
 

Ventajas significativas

“Es un blanqueo interesante porque apunta a la industria, contempla las unidades que ya están en construcción. Y plantea una diferencia muy importante con los blanqueos durante el kirchnerismo -aplicaba sólo a inmuebles escriturados- y el del gobierno de Macri”.

 

Aby Arditti -de Cam Construcciones- expuso ante la consulta de El Litoral que la nueva norma “va a incentivar una industria que es generadora de puestos de trabajo y dinamizadora de la economía. El Estado está dando ventajas impositivas al que blanquea o al que invierte sus ahorros regularizados, con beneficios que antes no tenían.

 

“El dinero que se blanquee o se se aplique en el marco de esta ley, va a estar destinado a una inversión segura, en ladrillos. Es una tradición en nuestra cultura y en nuestra economía, para preservar valor sin necesidad de exponer los ahorros a la especulación del mercado financiero”.

 

Respecto del valor y magnitud de las unidades habitacionales que podrían involucrarse con el nuevo esquema legal, el empresario santafesino señaló que “en promedio apunta a unidades hasta unos 100 mil dólares, de uno o dos dormitorios.  Lo importante es que hay muchas alternativas en Santa Fe, de empresas que han consolidado posiciones, que tienen un abanico de alternativas y que fundamentalmente ofrecen confianza.

 

“Esto -dijo- es muy importante para un ahorrista que está destinando ahorros para una obra en pozo o ya iniciada:  tiene la evidencia de que la empresa está activa en sus inversiones y posee una trayectoria que la avala.  Así, un ahorrista o profesional, o un comerciante, tiene la oportunidad de salir del colchón para ir a una inversión regularizada, con ventajas financieras y fiscales significativas”.

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