martes, mayo 5 2026

Judiciales

Se realizó la selección de los potenciales jurados del juicio que tiene como imputado a un policía, por la muerte de un joven en el Barrio Molinari, en octubre de 2019, en el marco de una persecución policial. Las audiencias de debate se realizarán en el Centro de Convenciones, los días 26, 29, 30 y 31 de marzo.

Sabina Melchiori

La jueza de Gualeguaychú, Alicia Vivian, presidió este jueves la audiencia en la que resultaron sorteados los 40 potenciales jurados del juicio caratulado "Gómez, Mauricio Javier S/ homicidio agravado por tratarse su autor de un miembro de las fuerzas de seguridad en abuso de sus funciones". Estas 40 personas seleccionadas, cuyos datos fueron obtenidos del padrón de la Junta Electoral, ya habían sido notificadas de la posibilidad de que se las convocara para formar parte de un juicio por jurados en su región.

Según detalló a Mirador Entre Ríos, el abogado querellante, Pablo Di Lollo, de esos 40, “el día 25 de marzo a las 8 de la mañana se seleccionarán 12 jurados titulares y los 4 suplentes, mitad varones y mitad mujeres”, que estarán presentes durante el desarrollo del juicio, el primero de este tipo en la ciudad. Dicha selección se realizará entre las partes, es decir, entre la fiscalía, que estará representada por Lisandro Beherán; la querella que ejercerá Pablo Di Lollo; y la defensa de Gómez, Alfredo Vitale.

Esa audiencia se denomina voire dire, de acuerdo a lo que establece el artículo 31 de la ley 10746 que norma el Juicio por Jurados en Entre Ríos. A su vez y para los días 26, 29,30 y 31 de marzo se fijaron las audiencias de debate que tendrán lugar en el Centro de Convenciones de Gualeguaychú.

En el juicio se intentará determinar la responsabilidad del sargento Mauricio Gómez imputado por el homicidio de Iván Pérez, de 24 años, quien falleció por el impacto de una bala 9 mm en el marco de una fuga y persecución policial que se realizó tras una denuncia por robo en el barrio Barrio Molinari, en la zona sudoeste de Gualeguaychú el 9 de octubre de 2019.

En los tribunales de Gualeguaychú se realizarán entre abril y mayo otros dos juicios por jurados: Uno de ellos, bajo la carátula J-60 “Rodríguez Jonathan Joaquín_Homicidio simple” cuya sorteo de jurados será el 12 de abril y otro en mayo de la causa J-616 “Villarreal Gustavo Daniel/ abuso sexual reiterado y otros” cuyo debate será en junio.

Pedido de Justicia

Días pasados, la familia de Iván Pérez hizo público un comunicado mediante el cual solicitaban la realización del juicio. "Ha pasado ya un año y tres meses del asesinato de Iván Pérez, a manos de un agente de la Policía de Entre Ríos en el barrio Molinari de Gualeguaychú. “La pandemia por el COVID 19 ha demorado muchas cosas, pero ello no puede ser excusa para seguir dilatando eternamente y sin perspectivas este juicio", sostienen en la misiva.

En el breve texto, expresaron también: “Tenemos derecho a que se juzgue a los responsables de este grave crimen. Iván ya no está, pero sí está en nuestra memoria, y este dolor que nos destruye día a día sólo puede encontrar algo de calma con justicia. Iván fue ejecutado por un agente estatal, el policía Mauricio Gómez, estando sólo, desarmado, en un descampado, a plena luz del día y frente a todos los vecinos. La impunidad de algo así es además un riesgo para todos. No queremos venganza, queremos pronta justicia”.

Juicio por Jurados

La ley que establece la implementación de los juicios por jurados en Entre Ríos, indica en su artículo 2: “Deberán ser obligatoriamente juzgados por jurados, aún en su forma tentada y junto con los delitos conexos que con ellos concurren, los delitos cuya pena máxima en abstracto sean de veinte (20) o más años de prisión o reclusión. En el caso de concurso de delitos deberán ser obligatoriamente juzgados por jurados, cuando al menos uno de ellos tuviere prevista una pena máxima en abstracto de veinte (20) o más años de prisión o reclusión”.

Respecto de la función del jurado y del juez, la ley establece que “el Jurado delibera sobre la prueba y determina la culpabilidad o la inocencia del acusado en relación al hecho o los hechos y al delito por el cual éste debe responder. Para que el jurado pueda desempeñar y llevar a cabo esta función, sus miembros deben ser obligatoriamente instruidos sobre el derecho sustantivo aplicable por el magistrado que preside el proceso, acerca del delito principal imputado y de los delitos menores incluidos en él”.

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