sábado, mayo 16 2026

Rosario

En un procedimiento abreviado, el dueño de una desagotadora fue sentenciado a 3 años de prisión de ejecución condicional. Los fiscales lograron comprobar que los camiones de su empresa realizaron la maniobra en dos oportunidades.

Mirador Provincial
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Este miércoles, en el Centro de Justicia Penal de Rosario, el juez de Primera Instancia Facundo Becerra resolvió homologar el procedimiento abreviado para condenar al dueño de una empresa "desagotadora" acusado de contaminar el arroyo Saladillo.

Se trata de Sergio Edgardo Pino, quien -en un fallo inédito- fue sentenciado a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, tal cual fue acordado por la fiscalía y por su defensa.

De esta manera, el hombre no quedará detenido, pero deberá someterse a estrictas reglas de conducta, por los delitos de contaminación del ambiente de un modo peligroso para la salud de las personas en carácter de autor y en grado consumado; y portación atenuada de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal.

Los fiscales Matías Ocariz y Pablo Lanza, del Ministerio Público de la Acusación, imputaron ambos hechos.

Según se explicó oficialmente desde el organismo, a Pino se le atribuye los delitos "en carácter de socio gerente y administrador de la firma 'A Los Pinos S.R.L.' en fechas 17 de julio de 2019 a las 18.45 aproximadamente y el 26 de septiembre de 2019 a las 13".

Los funcionarios lograron demostrar que se concretó la "descarga de efluentes cloacales e industriales, valiéndose de un camión, tipo semiremolque, color blanco y a través de una conexión clandestina desde el inmueble de calle Caña de Ámbar al 1700 de Rosario".

Los desperdicios contaminantes fueron arrojados "a través de un caño de PVC que se conectaba a una boca de tormenta ubicada en la ochava de calle España y Juan Pablo II y de allí con el canal pluvial".

Desde el MPA explicaron que se trataba de sustancias que contienen "residuos peligrosos en virtud de que pueden causar daño directa o indirectamente a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general y sustancias infecciosas (desechos que contienen microorganismos viables o sus toxinas, agentes conocidos o supuestos de enfermedades) y tóxicos venenos agudos (sustancias que pueden causar la muerte o lesiones graves o daños a la salud humana, si se ingieren o inhalan o si entran en contacto con la piel)".

"Así se le imputa haber adulterado y contaminado de un modo peligroso para la salud, el curso de agua superficial y el suelo de canal abierto de desagüe pluvial que se ubica paralelo al talud norte de la avenida Circunvalación, el que continúa por calle España hacia el cardinal sur, para dirigirse por debajo de la misma avenida y seguir hacia el cardinal este, paralelo al talud sur de esa vía de comunicación, continuado su recorrido a metros de barrio Las Flores y San Martín de la ciudad de Rosario, hasta desembocar en Río Saladillo", se detalló en el parte de prensa.

Armado
Además, a Pino se le atribuyó el hecho de fecha 1° de marzo de 2019 a las 11 en calle Pablo Sexto al 600 de Villa Gobernador Gálvez, cuando portaba un arma de fuego marca Bersa Thunder Pro calibre 9mm.

Las reglas de conducta que deberá cumplir el condenado son las siguientes: fijar residencia; responder ante la Dirección de Control y Asistencia Pos Penitenciaria de la Provincia de Santa Fe; hacer una reparación económica de 300 mil pesos en beneficio del centro de salud Dr. Julio Maiztegui; abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas; no cometer nuevos delitos ni tener o portar cualquier tipo de armas incluidas las armas blancas o de utilería.


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