En Rosario
Subieron un 7 % en los primeros cinco meses del año, según consigna un informe del Centro de Estudios Económicos y Sociales Scalabrini Ortiz (Ceso).
Ignacio Pellizzón
redaccion@miradorprovincial.com
Rosario es claramente una ciudad costosa para vivir. Si bien está atada a una coyuntura macroeconómica desfavorable producto de la crisis que atraviesa el país, no deja de sorprender las cuantiosas cifras que cuestan los alquileres de los departamentos.
Los incesantes aumentos que vienen padeciendo los inquilinos, frente a la ausencia de una ley de alquileres a nivel nacional que los ampare, genera que cada vez sea mayor el porcentaje del salario destinado a mantener la vivienda.
Un nuevo informe del Centro de Estudios Económicos y Sociales Scalabrini Ortiz (Ceso) reveló que el alquiler promedio de un departamento en Rosario de entre 41 y 60 m2 es de 9.214 pesos, lo que representa un aumento de 6,94 por ciento acumulado desde febrero cuando costaba en promedio 8.616.
Asimismo, el relevamiento de Ceso señala que los departamentos más chicos son los que más se han encarecido. Aquellos que miden entre 20 y 34 m2 se incrementaron un 10 por ciento al pasar de 5.826 a 6.395 pesos entre febrero y mayo de 2019.
En tanto, el estudio correspondiente al mes de mayo indica que el alquiler de un departamento con una habitación cuesta 8.202 en promedio, y menciona que los mayores precios se concentran en la zona comprendida entre Pellegrini, Francia y la costa.
“En medio del persistente proceso inflacionario que atraviesa nuestro país, la falta de un indicador local sobre la evolución de los precios de alquiler de departamentos en Rosario se suma como problemática para los inquilinos, que no cuentan con referencias a la hora de tener que pactar o renovar un contrato de alquiler”, detalla el informe al que accedió Mirador Provincial.
Cabe señalar que la tercera encuesta realizada por la Federación Nacional de Inquilinos muestra que los inquilinos destinan en promedio el 41 por ciento de sus ingresos en el pago de alquiler. Por ese motivo, la evolución del valor de los alquileres posee una relevancia central para la vida de estas personas.
Ley de alquileres: un nuevo borrador
El informe recuerda que “en octubre de 2018, Mauricio Macri anunció el impulso de un proyecto de ley que implicaba mejoras para los inquilinos. Este proyecto no fue aprobado y, en los últimos días, ha trascendido que se busca reimpulsarlo con cambios consensuados con las inmobiliarias que implican retrocesos respecto del proyecto anterior”.
Como consecuencia, Ceso alerta que “estos cambios representan regresiones con respecto a la propuesta de actualización del precio del alquiler, la extensión del contrato y el incentivo a inscribir los alquileres en el Registro de la Propiedad Inmueble”.
Según el borrador del nuevo proyecto, se podrán realizar ajustes semestrales al precio del alquiler basados en un índice formado en partes iguales por el índice de precios al consumidor (IPC) y el coeficiente de variación salarial (CVS) elaborado por el Indec.
Esta actualización se podrá aplicar a las cuotas menores al equivalente a 1.000 UVA (unos .000) o el límite que establezca cada provincia o la ciudad de Buenos Aires mediante una ley especial.
El inquilino puede proponer al locatario al menos dos de las siguientes garantías: garantía real, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza y garantía personal del locatario o del fiador (que se documentará con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El locador deberá aceptar una de las garantías propuestas por el locatario.
Si el destino es habitacional, no puede requerirse al locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes ni depósitos de garantía mayor al importe equivalente al primer mes de alquiler.
Además, el depósito en garantía debe ser devuelto al momento de la restitución del inmueble, actualizado mediante el mismo procedimiento de ajuste utilizado durante el transcurso del contrato.
Según el proyecto, sólo estarán a cargo del locatario aquellas expensas que deriven de gastos habituales -servicios normales y permanentes- “independientemente de que sean considerados como expensas ordinarias o extraordinarias”.





















