domingo, mayo 3 2026

Iniciativa del Senado

En el Senado de Entre Ríos se presentó una iniciativa para dotar a la provincia de herramientas a fin de lograr el recupero de los gastos de traslado y atención en efectores públicos de las personas accidentadas sin obra social. La meta es que se hagan cargo las compañías de seguros.

Luciana Dalmagro
redaccion-er@miradorprovincial.com

Cuando una persona sufre un accidente vial, el traslado y la atención corren por cuenta del sistema de salud pública. Si este paciente tiene obra social, trámite mediante, los efectores cobran a las prestadoras el monto correspondiente a esa atención. Pero si el accidentado no tiene cobertura, no es posible ejecutar el recupero de esos fondos.

No obstante, tratándose de accidentes viales, en muchos casos hay involucrada alguna compañía de seguros contratada por alguna de las partes que debería hacerse cargo de los gastos ocasionados al sistema sanitario. Pero esto no ocurre porque no hay un mecanismo jurídico que lo permita.

Ante los planteos de autoridades de distintos hospitales de la provincia y en función de su experiencia como ex abogado del hospital de San Salvador, el senador provincial Lucas Larrarte (PJ-San Salvador) impulsa un proyecto de ley para dotar a la provincia de un mecanismo que permita gestionar el cobro de esos fondos.

La iniciativa cobra especial importancia si se tiene en cuenta un dato que marca el legislador ante la consulta de EL DIARIO: “En orden de prevalencia, la accidentología vial es la segunda causa de atención en los efectores públicos”.

Recupero

Si bien no es posible establecer un cálculo del monto en dinero que podría representar este recupero, hay algunos datos a tener en cuenta. Uno de los antecedentes que tomó Larrarte para elaborar su iniciativa es un proyecto similar de la provincia de Mendoza.

En ese distrito, la ONG Voluntarios en Red señaló que los pacientes derivados de accidentes viales son los segundos más “caros” que debe atender el sistema y calcularon en 2015 un costo promedio de 30.000 pesos por caso. “No cobrarle a las aseguradoras significa perder unos 300 millones de pesos al año”, señalaron oportunamente.

En Entre Ríos, según datos del Ministerio de Seguridad de la Nación, en 2017 hubo 3.258 personas que sufrieron lesiones en accidentes de tránsito. “Del universo de pacientes, algunos cuentan con cobertura social y otros no. La pérdida de cobertura social muestra un aumento alarmante por el desempleo y por quienes dejan de pagar la prepaga”, advirtió Larrarte, al tiempo que, en esos casos, indicó que debe operar el seguro de cualquiera de los vehículos que interviene en el siniestro. No reclamar esos fondos es, para el legislador, “como si se estuviese dando un subsidio encubierto”.

Larrarte basa su propuesta en un mecanismo establecido recientemente por la Superintendencia de Seguros de la Nación para gestionar el cobro ante las distintas compañías. “A partir de ahí, la intención es crear en la provincia una herramienta para hacer este trámite que implica una serie de facultades administrativas y técnicas”, explicó.

En 2017 hubo 3.258 personas que sufrieron lesiones en accidentes de tránsito en Entre Ríos.

Impulso

Al respaldo de directores de hospitales, sumó el legislador el apoyo de sus pares Daniel Olano (PJ-Islas) y René Bonato (PJ-Uruguay). “Ambos son coautores y al estar ubicadas sus localidades en el corredor de la autovía notan la permanente asistencia que reciben personas que son objeto de este tipo de siniestros, en la que se utilizan instrumentos públicos frente a la responsabilidad de una empresa privada”, marcó.

Otra acción para impulsar la iniciativa fue reunirse con la ministra de Salud de la provincia, Sonia Velázquez, quien vio con beneplácito la aprobación del proyecto y lo derivó para su estudio a los equipos técnicos de la cartera sanitaria. A la vez, la iniciativa fue girada y ya está siendo analizada en las comisiones de Legislación General y de Salud Pública de la Cámara alta.

Síntesis del proyecto

El objetivo de la iniciativa es establecer un marco jurídico para el recupero de los fondos invertidos por la provincia en la atención de pacientes que no cuenten con cobertura social, víctimas de accidentes viales, en efectores de salud del sector público provincial, contra aseguradoras autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

En el texto se consideran “inversiones en salud” a todos los gastos clínicos, quirúrgicos, de farmacia, insumos, honorarios médicos, prótesis y cualquier otro costo ocasionado por la atención de pacientes. La autoridad de aplicación determinada es el Ministerio de Salud, que deberá reclamar a las compañías aseguradoras, conforme al sistema de arancelamiento, el pago de la obligación legal autónoma normada en el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y sus modificatorias.

También deberá solicitar a los hospitales, centros asistenciales y demás efectores de salud del sector público provincial, toda la documentación e información que resulte necesaria. En los casos necesarios, la cartera dará comunicación a la Fiscalía de Estado para que evalúe la procedencia del recupero por vía judicial.

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