domingo, mayo 3 2026

Proyecto de Ley de Educación en Santa Fe

La reciente presentación del proyecto de Ley de Educación provincial, ingresada por el Poder Ejecutivo a la cámara de diputados es confusa e indefinida en relación a un aspecto que considero central y que hace a la filosofía del sistema educativo: el carácter laico de la educación pública.

Alejandro Boscarol (*)

Si bien en el articulado de la ley presentada se consagran importantes derechos, lamentablemente sólo quedan en las buenas intenciones, porque poco se dice sobre las formas en que esos derechos van a hacerse efectivos. Es una ley extensamente declamativa y en sus dispositivos prácticos de implementación no aborda los problemas estructurales del sistema. A todo esto, podemos sumarle la dificultad de no contar con una fundamentación o exposición de motivos que nos ayude a comprender mejor lo que se intenta proponer.

Existen muchos aspectos en los que no coincido -y que en otra oportunidad señalaré con mayor precisión- pero me interesa detenerme en uno de los puntos fundamentales del proyecto del gobierno, donde se plantea que el Sistema Educativo Provincial está compuesto por dos subsistemas: la educación pública de gestión estatal y la educación pública de gestión privada. Y en su artículo 11 define que: "La educación pública de gestión estatal es laica. Las instituciones educativas que actúen dentro del subsistema de educación pública de gestión privada podrán incorporar orientaciones religiosas de cultos admitidos en el Registro Nacional de Cultos; no obstante, los estudiantes que a éstas asistan no serán obligados a profesarlas".

Frente a esta extraña propuesta normativa es preciso hacer algunas consideraciones. En primer lugar, coincido con el gobierno en sostener que toda educación es pública. El acceso a la educación como bien público y derecho humano fundamental, debe estar garantizado por el Estado en igualdad de condiciones y sin ningún tipo de discriminación, para promover la reproducción de los valores propios de una cultura democrática, como lo son la libertad, la paz, la solidaridad, la justicia, la igualdad y el bien común, entre otros. También entiendo que todas las escuelas, sin importar quien la gestione -el Estado o un privado-, son públicas y deben formar en estos valores y principios.

En segundo lugar, y como consecuencia de la primera afirmación, toda educación pública es laica. El principio de laicidad se presenta como el único que permite dar cumplimiento a los imperativos de nuestra carta magna y a los tratados internacionales de derecho humanos incorporados a ella. Sólo un sistema educativo laico hace posible una formación respetuosa de la libertad de pensamiento, del libre desarrollo de los individuos y de su autonomía. El reconocimiento del derecho que tienen los padres de elegir a qué escuela mandar a sus hijos, no le quita ese carácter. Quienes adopten una religión y quienes no lo hagan, son ante el Estado y ante la ley, personas iguales.

La ley 1.420 de Educación Común de 1884 fue muy sabia al sostener en su artículo 8 que las clases de religión eran optativas y podían tener lugar únicamente antes o después del horario escolar, con autorización de los padres. Así se garantizó la neutralidad religiosa del Estado, significando un importante avance en la construcción de ciudadanía en todos los que se formaron en la escuela argentina.

La escuela es un lugar que ofrece un marco de referencia que manifiesta los valores universales para ser comprendidos y respetados por todos. Es un espacio que hace posible la convivencia democrática y el libre desarrollo de los individuos.

En este sentido, creo que es fundamental sostener este criterio de orden filosófico de laicidad de la escuela pública, además de la gratuidad y obligatoriedad, sin importar que estén gestionadas por el Estado o por un privado, confesional o no. Todos deben aceptar los fundamentos esenciales que le dan unicidad e integralidad al sistema, para garantizar el derecho a educarse en una misma escuela a todos los habitantes de la provincia de Santa Fe. Y esa es la base del principio de igualdad.

La presentación de esta ley, lejos de significar la conclusión del debate ciudadano en torno a la educación que queremos, debe implicar la apertura de una instancia mucho más seria, profunda y concreta de debate público. Esto es así, porque la tan ponderada participación para la construcción de esta ley provincial nunca contó con una instancia de debate sobre su articulado, siendo esto motivo de preocupación e incertidumbre. Asimismo, de la lectura del texto oficial se desprende con claridad que la redacción no es compatible con el objetivo de lograr una ley que sea accesible al entendimiento del ciudadano común, además de estar repleta de incongruencias, imprecisiones y redundancias.

La Ley de Educación debe ser de todos. Es necesario construir un consenso amplio a partir de abrir el debate sobre el articulado en su conjunto, convocando y escuchando a la comunidad educativa. En forma conjunta con los diputados Carlos Del Frade, Verónica Benas, Rubén Giustiniani y Patricia Chialvo -autores del texto unificado del proyecto de Ley de Educación- iniciaremos consultas, mesas de debate con las entidades gremiales y organizaciones sociales, así como a partir de marzo, cuando comiencen las clases, audiencias públicas en las distintas regionales educativas.

(*) Diputado provincial.

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